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Octubre 2, 2007
funambulismos con derechos
La idea original era que cada lunes –o así- escribiese sobre la CTEA , la Disney, o sobre la historia de los derechos de autor, para echar algo de luz sobre el tema, que me parece muy ameno . Después del primer post, sobre los orígenes de la Disney, tocaba una brevísima introducción al concepto de los derechos de autor y a la evolución de los mismos, poniendo ejemplos concretos del asunto, pero como diría W. Randolph Hearst, la actualidad manda, y Sark me pone sobre la pista –es lo que tiene vivir en Babia- de un caso sobre derechos de autor y dominio público que me parece muy interesante para comentarlo por aquí.
Alejandro Dumas (padre) fue un escritor francés del siglo XIX, autor entre otras, de los Tres Mosqueteros, del Conde Montecristo ¿Todos sabemos quien era Dumas, verdad? Hasta aquí fácil.
Por otra parte, y antes de que se pierda nadie, tenemos que explicar que por dominio público –según la Wikipedia- se entiende la situación en que quedan las obras literarias, artísticas o científicas al expirar el plazo de protección de los derechos patrimoniales de autor y que implica que pueden ser utilizadas en forma libre, respetando los derechos morales (básicamente la paternidad). Esto sucede habitualmente trascurrido un término contado desde la muerte del autor. En el derecho español, según el art. 26 de la Ley de propiedad intelectual, este plazo es de 70 años.
Resulta que Alejandro Dumas padre murió en 1870, hace 123 años, por lo que toda su obra publicada se encuentra dentro del Dominio Público. Dicha obra se compone principalmente de novelas publicadas bajo la forma de folletín, de los géneros de aventuras (capa y espada), fantasía e histórica, decenas de obras de teatro, y varios cientos de artículos periodísticos.
Cuando murió en 1970, Alejandro Dumas se encontraba publicando en el periódico "le moniteur universal" un folletín ambientado en la época napoleónica, "'El Caballero Héctor de Sainte-Hermine", que quedó inconcluso a su muerte y que, por tanto, nunca fue publicada como libro.
Esta obra estuvo "desaparecida" durante casi 120 años, hasta que Claude Schopp, un ratón de biblioteca especialista en Dumas lo redescubrió en la hemeroteca y tras un trabajo, que asegura le ha llevado más de 10 años publicó en 2005 "'El Caballero Héctor de Sainte-Hermine" versión anotada. Además del texto original de Dumas, y de sus propias notas y aclaraciones, Schopp añadió tres capítulos del folletín que permanecieron completamente inéditos a la muerte del autor, y los esbozos finales de la obra, encontrados entre los papeles del propio Dumas.
Hasta aquí no hay ningún problema. Un especialista en un autor que saca una versión anotada de la obra de otro señor y la vende (estupendamente, según aseguran las lenguas viperinas). Una edición anotada, de una obra de un clásico, como tenemos varios cientos de nuestro Quijote, cuyo texto original se encuentra indiscutiblemente en el Dominio Publico, y cuyos anotadores se forran año tras comentando el trabajo de Cervantes.
El problema ha surgido en España, cuando EMECE, subsidiaria de planeta ha comprado los derechos de la versión de Schopp, y este pasado septiembre la presentó con toda la pompa y circunstancia necesaria para el evento, en el Instituto Cervantes, como una obra "inédita de Dumas" con el nombre de “El caballero Hector de Sainte-Hermine”, un tochaco de 1.000 páginas que reúne los 118 capítulos publicados del folletín y las anotaciones de Schopp.
Y no habría habido mayor problema sino fuera porque a principios de verano, una pequeña editorial, llamada FUNAMBULISTA presentó el libro “Hector de Sainte-Hermine: La forja de un heroe”; primera de tres partes en las que ha dividido el texto original de Dumas, traducido por Rafael Blanco Vázquez.
Los de EMECE y Schopp ponen el grito en el cielo, ya que el único texto disponible de la obra es el de Schopp, quien los obtuvo de los archivos microfilmados de la Biblioteca, por lo que la edición de Funambulista –obviamente- es una traduccón obtenida del texto rescatado por Schopp.
Max Lacruz, editor de funambulista, se defiende en el Circulo de Iluminación de Eva Orúe, argumentando que es un texto previamente publicado cuya paternidad indubitada corresponde a Alejandro Dumas y que conforme al Convenio de Berna y a la legislación tanto española, como francesa, y de la UE, se encuentra en el Dominio Público, por lo que cualquiera puede publicarlo sin tener que pagar ni un euro por los derechos de autor. Aunque Schopp haya "rescatado" el texto; mérito que no le quita nadie, no le corresponde derecho alguno por la paternidad del mismo, que es de Dumas, y conforme al art. 29 de nuestra LPI, éste se encuentra en Dominio Público.
Ahora, EMECE amenaza con acciones legales. ¿Lo veremos en los tribunales? ¿Qué les parece?
Posted by Towsend at Octubre 2, 2007 12:22 PM
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Comments
Pues que el juicio (si lo hay) lo ganara quien la tenga mas gorda, quiero decir, quien tenga mas y mejores abogados, es decir quien contrate a Johnnie Cochran...
Posted by: dario at Octubre 2, 2007 12:59 PM
Y Dumas...¿Qué opina de esto?
Zarandajas aparte, secundo la opinión de dario.
Posted by: Termi at Octubre 2, 2007 3:53 PM
Ajá! por eso la Disney hace "variaciones" de historias clásicas ¿verdad? ¿verdad? para cobrar derechos cada vez que alguien se basa en lo suyo.
vaya "listos".
Si Hans Christian Andersen levantara la cabeza...
besukis!
Posted by: Sheena at Octubre 3, 2007 9:35 AM
Dario: Johnie Cochram murió hace un par de años :-(
Termi: Dumas opina que esto se solucionaba mucho más mejor, detrás del convento de los carmelitas. A la una.
Sheena. No expliques el próximo post :-)
Posted by: Towsend at Octubre 3, 2007 11:14 AM
Que alguien llame a Harvey Birdman, FUNAMBULISTA le necesita!
Ahora en serio...creo que la pequeña editorial está en todo su derecho. Que se joda el capital! blablablah etc ;P
Excelsior!
Posted by: Megamaniaco at Octubre 3, 2007 7:35 PM
Si publican solo la obra de Dumas y no las anotaciones del tal Schopp, que obviamente son suyas, pues no veo yo ningún problema. Pero bueno, las leyes se han bajado los pantalones tantas veces que ya me espero cualquier cosa...
Posted by: Chache at Octubre 4, 2007 12:27 AM
opino lo mismo que chache, mientras lo que publiquen sea solo la obra de Dumas no deberían tener problemas
Posted by: Triky at Octubre 4, 2007 2:56 AM
no se francés, pero como en todos los demás idiomas, seguramente el caso se complique aún más teniendo en cuenta la antiguedad del texto. seguramente el tal schopp tuvo que adaptar, actualizar y 'traducir' al francés actual los textos de Dumas.
la salvación de los funambulistas se podría basar en que realmente hayan usado para traducir al castellano la versión original-original del texto del Alejandro, que estará en un francés un pelín anticuado y del año de la polka.
de otra manera el franchute este seguramente alegue que se han aprovechado de su trabajo de actualización-anotación de la obra... si es que eso se puede alegar!
...tendría que estar en la leyespedia, haha.
Posted by: musashi at Octubre 4, 2007 3:54 PM
Muy interesante el post de esta semana, Towsend.
Este es un ejemplo más de que lo que se ve como simple en la ley es más complicado en la realidad. Sobre todo, cuando nos encontramos en segundo plano la lucha gran capital contra pequeño capital.
Tengo dudas con respecto a la interpretación de la ley en este caso, y no conozco jurisprudencia en este sentido, tampoco. Está claro que son 70 años desde la muerte de un autor, pero ¿que pasa si la obra no se publicó nunca? ¿Se siguen contando esos 70 años igual?
Un cordial saludo
Blue
Posted by: Blue Marble at Octubre 7, 2007 12:39 PM
Si la obra no se publicó jamás, pero su autoría es indubitada, tendremos que aplicar el art.27.2 de la LPI, que trata de las obras póstumas. Desgraciadamente, la Base de Datos jurídicos con la que trabajo no tiene ni una sóla referencia a este artículo. ¿No ha habido pleitos al respecto?
Este artículo dice que para las obras póstumas se sigue aplicando el criterio general de 70 años tras el fallecimiento del autor, salvo que la obra tenga una creación de fecha distinta.
Supongo que el artículo será aplicable por ejemplo con cosas como las de Christopher Tolkien, quien utilizando los papeles y las notas de su padre, crea a posteriori obras nuevas. Habrá que investigar.
Posted by: Charles M. Towsend at Octubre 8, 2007 3:39 PM